Demanda por despido y cantidad
Recuerda que dispones de un plazo muy corto para interponer la demanda por despido de 20 días hábiles contados de lunes a viernes, excluyendo fines de semana y festivos. A este respecto, debes recordar que no siempre el plazo queda interrumpido entre la presentación de la papeleta y la celebración del acto de conciliación, pues muchas veces el SEMAC va con retraso.
Nos entristece mucho ver cómo, en ocasiones, el trabajador llega al despacho y el plazo para demandar por despido ha expirado, por ello te recomendamos encarecidamente que pongas tu caso en nuestras manos desde el momento del despido para luchar por tus derechos y tramitar el procedimiento correctamente.
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Para presentar la demanda es necesario acompañar la carta de despido, salvo que éste se haya producido verbalmente (aspecto que debemos entonces reflejar en el escrito de demanda) y el acta de conciliación original. En caso de que no aportes esta documentación, debes estar atento, pues el Juzgado te requerirá para su aportación y en el supuesto de que no lo subsanes se podrá declarar el archivo del procedimiento.
Respecto a las cantidades que se reclaman junto al despido, como norma general, solamente, deben limitarse al finiquito: días trabajados en el último mes, vacaciones no disfrutadas y parte proporcional de las pagas extras (si no viniesen ya prorrateadas en nómina). En caso de que añadieras a la reclamación por despido, el adeudo de nóminas, horas extras o diferencias salariales, el Juzgado puede requerirte para que reclames éstas otras cantidades en una demanda separada.